Condiciones de Venta

Alcance de la Validez

1. Estas Condiciones de Venta se aplican a propietarios de empresas, personas jurídicas de derecho público y fondos especiales de derecho público. Nuestras entregas y servicios se proporcionan exclusivamente sobre la base de los términos y condiciones a continuación. Los términos y condiciones comerciales del socio, a menos que lo reconozcamos expresamente, no tienen validez.

Provisiones Generales

2. Los socios contratantes confirmarán inmediatamente por escrito todos los detalles de cualquier acuerdo verbal.

3. Los pedidos no serán vinculantes hasta que no sean confirmados por nosotros.

4. La información y las ilustraciones contenidas en folletos y catálogos se consideran, de acuerdo con la práctica comercial habitual, como aproximaciones, a menos que hayan sido expresamente descritas por nosotros como vinculantes. Contratos a largo plazo y call, ajuste de precios.

5. Los contratos ilimitados pueden rescindirse con 1 mes de antelación.

6. Si se produce algún cambio significativo en el caso de contratos a largo plazo (contratos con plazo superior a 1 mes y contratos ilimitados), en cuanto a costes salariales, materiales o energéticos, cada uno de los socios contratantes tiene derecho a exigir una ajuste adecuado del precio, teniendo en cuenta estos factores.

7. Cuando no se acuerde una cantidad de pedido vinculante, nuestro cálculo se basará en la cantidad de pedido no vinculante esperada por el socio durante un período de tiempo específico (cantidad objetivo). Cuando el socio compra menos de la cantidad objetivo, tienen derecho a aumentar el precio unitario en una cantidad adecuada. Cuando el socio compre más de la cantidad objetivo, reduciremos el precio unitario en consecuencia, siempre que el socio haya notificado el requisito de excedente al menos 1 mes antes de la entrega.

8. En el caso de los contratos de suministro de llamadas, a menos que se acuerde lo contrario, las cantidades vinculantes deben ser notificadas por llamada al menos 1 mes antes de la fecha de entrega. Cualquier costo adicional causado por nuestro socio por llamadas tardías o enmiendas posteriores a la llamada con respecto al tiempo o la cantidad correrán a cargo del socio; a este respecto prevalecerá nuestro cálculo.

Confidencialidad

9. Cada uno de los socios contratantes utilizará todos los documentos (que también incluirán muestras, modelos y datos) y la información que reciban en virtud de la relación comercial solo para el propósito contractual, y mantendrá el secreto con respecto a terceros con el mismo debido cuidado. según se aplique a sus propios documentos e información, cuando el otro socio los describa como confidenciales o tenga un interés evidente en mantener el secreto con respecto a dichos documentos o información. Esta obligación comienza con la recepción de los primeros documentos o información y finaliza 36 meses después de la finalización de la relación comercial.

10. La obligación no se aplica a los documentos e información que sean de conocimiento general, o que ya eran conocidos por el socio contratante en el momento de su recepción y cuando el socio contratante no estaba obligado a mantener el secreto, o cuando sean posteriormente transmitidos por un tercero que está autorizado a transmitir dichos documentos o información, o cuando los documentos o la información sean desarrollados por el socio contratante receptor sin la explotación de documentos o información del otro socio contratante.

Dibujos y Especificaciones

11. Cuando uno de los socios contratantes ponga a disposición de los demás dibujos o documentos técnicos relacionados con los bienes a suministrar, o con la fabricación de dichos bienes, al otro socio, estos seguirán siendo propiedad del socio contratante que los presente.

Muestras y Materiales de Producción

12. Los costos de fabricación de las muestras y los materiales de producción (herramientas, moldes, plantillas, etc.) se facturarán, a menos que se acuerde lo contrario, por separado de los bienes a suministrar. Esto también se aplica a los materiales de producción que deben ser reemplazados como resultado del desgaste.

13. Los costos de mantenimiento y almacenamiento adecuado, junto con el riesgo de daño o destrucción de los materiales de producción, correrán a cargo de nosotros.

14. Cuando, durante el período de fabricación de muestras o materiales de producción, el socio abandona o termina la cooperación, todos los costos de fabricación incurridos hasta ese momento correrán a cargo de ese socio.

15. Incluso cuando el socio ha pagado por ellos, los materiales de producción siguen siendo de nuestra propiedad al menos hasta la finalización del contrato de suministro. El socio tiene entonces derecho a reclamar los materiales de producción, cuando se haya llegado a un acuerdo mutuo con respecto al tiempo de entrega y el socio haya cumplido plenamente con sus obligaciones contractuales.

16. Conservaremos los materiales de producción de forma gratuita durante tres años después de la entrega final a nuestro socio. Luego, solicitaremos a nuestro socio por escrito que dé a conocer sus opiniones sobre su uso posterior en un plazo de 6 semanas. Nuestro deber de almacenamiento terminará si, dentro de estas 6 semanas, no se ha hecho tal declaración, o si no se ha dado un nuevo pedido.

17. Los materiales de producción relacionados con el comprador solo pueden ser utilizados por nosotros para suministrarlos a terceros con el consentimiento previo por escrito de nuestro socio.

Precios

18. Nuestros precios están en dólares estadounidenses, sin incluir impuestos, embalaje, flete, transporte y seguro.

Términos de Pago

19. Siempre que no se haya acordado nada más, los precios de las facturas deben pagarse dentro de los 30 días posteriores a la fecha de la factura, o según se especifique en nuestra factura.

20. Cuando hayamos suministrado indiscutiblemente productos parcialmente defectuosos, nuestro socio está obligado a pagar la pieza no defectuosa, a menos que la entrega parcial no le sirva de nada. En otros aspectos, el socio solo puede compensar el pago con contrademandas que hayan sido determinadas por sentencia firme o no sean controvertidas.

21. Si no se cumplen las condiciones de pago, tendremos derecho a facturar intereses de demora a la tasa que nos cobre el banco por los descubiertos en cuenta corriente, pero a un mínimo de 8 puntos porcentuales por encima de la tasa de interés base de la Central Europea. Banco en ese momento.

22. En caso de retraso en el pago, podemos, después de notificarlo por escrito al socio, suspender nuestras obligaciones hasta que se hayan recibido los pagos.

23. Si después de la conclusión del contrato resulta evidente que nuestro reclamo de pago está en riesgo debido a la falta de capacidad financiera adecuada del socio, podremos rechazar el cumplimiento y fijar al socio un plazo razonable dentro del cual debe realizar el pago. o proporcionar seguridad al mismo tiempo que la entrega. Si el socio se niega a hacerlo o el plazo expira sin resultado, tendremos derecho a rescindir el contrato y exigir daños y perjuicios.

Entrega

24. A menos que se acuerde lo contrario, entregaremos "franco fábrica". El cumplimiento de la fecha de entrega o el período de entrega se basará en nuestra notificación de disponibilidad para el envío o la recogida.

25. El período de entrega comienza con el envío de nuestra confirmación de pedido y se extenderá según corresponda cuando se apliquen las disposiciones del Artículo 54 a continuación.

26. Se permiten entregas parciales dentro de lo razonable. Se facturarán por separado.

27. Se permiten entregas largas o cortas relacionadas con la producción dentro de una tolerancia de +/- 5 por ciento de la cantidad total del pedido. El precio total se ajustará en consecuencia.

28. Las cláusulas de prueba y evaluación de GKV para películas y productos de polietileno establecidas por la asociación comercial para productos a medio terminar y empaques se aplican para otras tolerancias (fecha: 09/2007).

Despacho y Transferencia de Riesgo

29. Los bienes que se notifiquen como listos para el envío deben ser recibidos inmediatamente por el socio. De lo contrario, tenemos derecho, a nuestra discreción, a enviarlos o almacenarlos por cuenta y riesgo del socio.

30. En ausencia de un acuerdo especial, seleccionaremos el método de transporte y la ruta.

31. El riesgo se transfiere al socio en el momento de la entrega al ferrocarril, al transportista o al transportista, o al comienzo del almacenamiento, pero en cualquier caso no más tarde de la salida de la fábrica o el almacén; esto también se aplica si hemos realizado la entrega.

Retraso en Entrega

32. Si somos capaces de anticipar que no será posible que la mercancía sea entregada dentro del plazo de entrega, informaremos inmediatamente al socio por escrito de las razones de esto, y también si es posible indicaremos la fecha probable de entrega.

33. En caso de que la entrega se retrase por alguna de las circunstancias establecidas en el Artículo 54 siguiente, o como resultado de cualquier acción u omisión por parte del socio, se otorgará una extensión del plazo de entrega adecuada al circunstancias.

34. El socio solo tiene derecho a rescindir el contrato si somos responsables de que no se cumpla la fecha de entrega y el socio nos ha concedido un período de gracia razonable sin resultado.

Reserva de Título

35. Nos reservamos el derecho de propiedad con respecto a los bienes suministrados hasta el momento en que se hayan satisfecho todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial con el socio.

36. El socio tiene derecho a vender estos productos en el curso normal del negocio, siempre que cumpla con sus obligaciones derivadas de la relación comercial con nosotros a su debido tiempo. Sin embargo, no puede pignorar los bienes reservados ni transferir la propiedad de los mismos como garantía. Está obligado a proteger nuestros derechos si los bienes sujetos a reserva de propiedad se revenden a crédito.

37. En caso de incumplimiento de sus obligaciones por parte del socio, en particular en el caso de pago retrasado, tendremos derecho, una vez transcurrido un período de gracia razonable concedido al socio para el cumplimiento sin resultado, a rescindir el contrato. y recuperar la mercancía; esto no afectará a las disposiciones legales relativas a los casos en los que no sea necesario conceder un período de gracia. El socio estará obligado a entregar la mercancía. Tendremos derecho a rescindir el contrato si se presenta una solicitud de procedimiento de insolvencia contra los bienes del socio.

38. Con efecto inmediato el socio nos cede como garantía todas las reclamaciones y derechos que se deriven de la venta o cualquier contratación, para la cual hayamos dado permiso al socio, de bienes sobre los que tenemos derechos de propiedad.

Por la presente aceptamos la cesión.

39. Cualquier trabajo o procesamiento de los productos que estén sujetos a reserva de propiedad será realizado en todo momento por el socio en nuestro nombre. Si los bienes sujetos a reserva de propiedad se procesan o mezclan inseparablemente con otros artículos que no son de nuestra propiedad, adquiriremos la propiedad conjunta del nuevo producto en la proporción del valor de factura de los bienes sujetos a reserva de dominio a los otros artículos procesados ​​o mezclados en el momento de procesar o mezclar.! Si nuestros productos se combinan o se mezclan inseparablemente con otros artículos móviles para formar un solo producto y el otro producto se considera el producto principal, el socio transferirá la propiedad conjunta a nosotros sobre una base prorrateada, en la medida en que el producto principal sea de su propiedad. El socio mantendrá la propiedad o la propiedad conjunta en nuestro nombre. En todos los demás aspectos, se aplicará lo mismo al producto creado por procesamiento o combinación o mezcla que a las mercancías sujetas a reserva de propiedad.

40. El socio debe informarnos inmediatamente de las medidas coercitivas que están tomando terceros con respecto a la mercancía reservada entregándonos los documentos necesarios para cualquier intervención. Esto también se aplica a las infracciones de cualquier otro tipo).

41. Si el valor de los valores existentes excede los derechos garantizados en total en más del 20 por ciento, nos comprometemos, a petición del socio, a liberar los valores de nuestra elección a este respecto.

Defectos Materiales

42. La calidad de los productos está determinada exclusivamente por las especificaciones técnicas de suministro acordadas. En el caso de que tengamos que suministrar de acuerdo con dibujos, especificaciones, muestras y similares proporcionados por nuestro socio, este último asumirá el riesgo de idoneidad para el uso previsto. La condición de la mercancía de acuerdo con el contrato se determina en el momento de la transferencia del riesgo de acuerdo con el artículo 30 anterior.

43. Cualquier defecto material respecto a cualquier defecto derivado de un uso inadecuado o inadecuado, montaje u operación defectuosa por parte del socio o de terceros, desgaste normal, manipulación defectuosa o negligente, también serán excluidos como consecuencia de modificaciones o reparaciones inadecuadas. realizado por el socio o terceros sin nuestra aprobación. Lo mismo se aplicará a los defectos que solo reduzcan el valor de las mercancías o su idoneidad para el uso previsto en una medida insignificante.

44. Las reclamaciones por defectos materiales prescribirán por ley en el momento estipulado por la ley, salvo pacto en contrario.

45. o

46. ​​Las reclamaciones por defectos materiales prescribirán por ley después de 12 meses. Esto no se aplicará cuando la ley prescriba períodos de tiempo más prolongados como obligatorios, especialmente en el caso de defectos en un edificio y en un producto que se haya utilizado de acuerdo con su forma habitual de uso para un edificio y haya causado que este último sea defectuoso.

47. Cuando se acuerde que las mercancías se aceptarán una vez finalizadas o que se someterán a prueba las muestras iniciales, se excluye la notificación de los defectos que el socio podría haber descubierto tras una cuidadosa aceptación o prueba de las muestras iniciales.

48. Debemos tener la oportunidad de evaluar el defecto notificado. La mercancía reclamada debe sernos devuelta inmediatamente; nos haremos cargo de los gastos de transporte cuando la notificación del defecto esté justificada. En el caso de que el socio incumpla estas obligaciones, o realice modificaciones de los bienes de los que se reclamen sin nuestro consentimiento, perderá toda reclamación por defectos materiales.

49. En caso de notificación de defecto justificada y realizada en el momento oportuno y oportuno, a nuestra elección, realizaremos mejoras en los productos reclamados o proporcionaremos un reemplazo libre de defectos.

50. En el caso de que no cumplamos con estas obligaciones, o no lo hagamos dentro de un tiempo razonable de acuerdo con los términos del contrato, el socio podrá establecer por escrito un plazo final dentro del cual debemos cumplir con nuestras obligaciones. En el caso de que este plazo expire sin resultado, el socio podrá exigir la reducción del precio, rescindir el contrato o realizarlo él mismo, o hacer que un tercero realice la mejora posterior necesaria a nuestro costo y riesgo. No habrá reembolso de costos si los gastos aumentan porque la mercancía ha sido llevada a otro lugar después de la entrega por nuestra parte, a menos que esto signifique que la mercancía se está utilizando como estaba previsto.

51. El socio tiene derechos legales de recurso contra nosotros solo en la medida en que el socio no haya llegado a ningún acuerdo con su cliente que vaya más allá de las reclamaciones legales por defectos. Además, el artículo 48, última frase, se aplica en consecuencia al alcance de los derechos de recurso.

Otras Reclamaciones, Responsabilidad

52. A menos que se especifique lo contrario a continuación, se excluyen las reclamaciones adicionales o más extensas del socio contra nosotros. Esto se aplicará en particular a las reclamaciones por daños y perjuicios por incumplimiento de los deberes derivados de la obligación o de actos ilícitos. Por lo tanto, no somos responsables de los daños que no se deriven de los propios productos entregados. En particular, no somos responsables de ninguna pérdida de beneficios u otras pérdidas financieras por parte del socio.

53. Las limitaciones de responsabilidad indicadas anteriormente no se aplican en el caso de dolo específico, negligencia grave por parte de nuestros representantes legales o empleados senior, y en el caso de violación culpable de obligaciones contractuales significativas. En caso de violación culpable de obligaciones contractuales importantes, somos responsables, excepto en casos de dolo específico o negligencia grave por parte de nuestros representantes legales o empleados senior, solo por la pérdida contractual estándar o la pérdida que razonablemente se podría haber esperado.

54. La limitación de responsabilidad tampoco es aplicable en aquellos casos en los que existe responsabilidad de conformidad con las leyes de responsabilidad del producto en el caso de defectos en los bienes suministrados para uso privado. Tampoco es de aplicación en caso de daños a la vida, el cuerpo o la salud y en ausencia de características garantizadas, si y en la medida en que el objeto de la garantía fuera cubrir al socio contra las pérdidas no derivadas de los propios bienes suministrados.

55. En la medida en que nuestra responsabilidad esté excluida o limitada, esto también se aplica a la responsabilidad personal de nuestros empleados, trabajadores, personal, representantes legales y agentes indirectos.

56. Esto no afecta a las disposiciones legales relativas a la carga de la prueba.

Fuerza Mayor

57. Actos de fuerza mayor, disputas laborales, disturbios, medidas oficiales, la no llegada de entregas de nuestros proveedores y otros eventos impredecibles, inevitables y graves liberarán a los socios contratantes de su deber de cumplir durante la duración de la perturbación y en la medida en que de su efecto. Esto también es aplicable cuando estos eventos ocurren en un momento en que el socio contratante en cuestión está en incumplimiento, a menos que el retraso sea intencional o por negligencia grave. Los socios contratantes están obligados, en la medida de lo razonable, a proporcionar la información necesaria de forma inmediata y de buena fe para ajustar sus obligaciones a las condiciones modificadas.

Lugar de cumplimiento, jurisdicción y ley aplicable

58. A menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, el lugar de ejecución es nuestro principal lugar de actividad.

59. El lugar de jurisdicción para todas las disputas legales, incluida cualquier acción relacionada con el pago de letras de cambio o cheques, es nuestro lugar principal de negocios. También tenemos derecho a iniciar una acción en el domicilio social del socio.

La relación contractual está sujeta exclusivamente a las leyes del Estado de Illinois en los Estados Unidos de América.

Intercept Technology, Inc.

Para obtener más información, contáctenos en: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.